A través de
la práctica, Cadivi ha venido ratificando las normas anunciadas hace dos meses
(1ro. de junio´2008) e ilustrando a los usuarios sobre sus maneras
de interpretar las pautas establecidas para solicitar la reactivación
de AADs que han vencido.
Un principio general que ha quedado fijado es
que la solicitud de renovación de una AAD debe hacerse dentro de
los noventa días siguientes a su vencimiento. Quien no cumple esta premisa
corre el riesgo -de ejecución muy probable- de quedarse sin AAD para continuar
un trámite.
Otra norma que se está cumpliendo es que la reactivación
de una AAD específica se concede una
única vez.
Como práctica observada se anota que Cadivi desatiende
las solicitudes de renovación de AADs vinculadas a ALDs u operaciones
ALADI que todavía se encuentran en consideración del organismo. Sólo cuando
los vistos buenos finales son aprobados, se renuevan automáticamente sus AADs si
dejaron de ser válidas; pero, aunque no haya respuesta inmediata, para
que lo anterior ocurra hay que haber cumplido con el requisito
de tener solicitada la renovación dentro del lapso estipulado (90 días
posteriores al vencimiento).
Publicamos a continuación el Aviso reiterado segunda
vez por Cadivi con fecha de la semana pasada, en su portal web: www.cadivi.gob.ve :
Importaciones
ordinarias y bajo Convenio Aladi
desde junio: Renovación de AAD sólo por una
vez
La Comisión
de Administración de Divisas (CADIVI) anuncia a los importadores que a partir
del primero de junio, las autorizaciones de adquisición de divisas (AAD) para
importación ordinaria y mediante el Convenio de
Asimismo, la
renovación de la AAD para importaciones ordinarias sólo podrá solicitarse a
través de la opción "Reportar una duda o problema con respecto a una solicitud”
en el portal de CADIVI (www.cadivi.gob.ve) para lo cual es necesario ingresar al
sistema automatizado. La renovación para importaciones bajo el Convenio Aladi
las hará el operador cambiario, vía correo electrónico.
En ambos casos,
se indicará el número de la solicitud, el número del registro de información
fiscal (RIF) y la exposición razonada de motivos por la cual no se ejecutó la
autorización de adquisición de divisas, dentro de los 180 días siguientes a su
otorgamiento. Con estos cambios, CADIVI espera optimizar el tiempo de sus
analistas y la atención a las solicitudes de los usuarios
importadores.
El cuerpo colegiado decidió también, no renovar las
solicitudes de importación a las personas jurídicas que estén suspendidas,
bloqueadas o tengan pendiente la entrega de una o más solvencias, contempladas
en los requisitos para la autorización de adquisición de
divisas.
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