La Tabla
adjunta muestra las tarifas oficiales máximas que la banca local
puede cobrar desde el 27 de octubre´2008, por todas las operaciones
que brinde al público, incluidos los servicios prestados en tramitaciones
CADIVI y aquéllos realizados a través de corresponsales internacionales.
Aunque las autoridades
en Venezuela regulen las comisiones que pueden cobrar localmente los bancos,
lo que suele ocurrir en las operaciones que involucran a una contraparte
extranjera, es que un complemento de balance es cargado de mutuo consenso,
por el corresponsal que se encuentra fuera de la jurisdicción venezolana.
Se anexa
la tabla mencionada.
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