Sent: Friday, May 29, 2009 2:03 PM
Subject: AVANCE EN MATERIA CAMBIARIA Nº 14
( MODIFICADAS LISTAS DE RUBROS AUTORIZADOS PARA IMPORTACIONES "PRODUCTIVAS" )

Buenas tardes estimado afiliado:
Anexo la Gaceta Oficial 39.187, de fecha 27.05.09 donde fueron trasladados una serie de productos que estaban bajo la modalidad de las importaciones productiva de la lista No 1 a la lista No. 2


En la Gaceta Oficial No. 39.187 conocida hoy, fechada 27/05/09, aparece la resolución No. 2314 del Ministerio de Finanzas, que deroga y sustituye la suya anterior No. 2124, publicada en la g.o. del 04/09/08, la cual contiene las listas "1 y 2" que especifican cuáles subpartidas arancelarias son susceptibles de ser importadas bajo el mecanismo fast-track de Cadivi (importaciones productivas), concebido para operaciones cuyas facturas no excedan los cincuenta mil dólares CIF.



Se adjunta el texto


La resolución de ayer, de vigencia hace ya cuarenta horas, cambió los listados que existían y establece otros. Fue grande el traslado de ítems que estaban en la lista-1 y ahora pasaron a la lista-2, así como la eliminación absoluta de subpartidas autorizadas para hacer importaciones de la mencionada característica productlva. En general, fueron eliminados de la opción un lote importante de productos terminados capaces de ser comercializados directamente.

Había más de cuatro mil rubros autorizados para tramitar bajo solicitudes de importación de este tipo, seleccionados entre un total de aproximadamente siete mil que contiene actualmente el Arancel de Aduanas vigente, Ahora quedan sólo alrededor de 2.690 subpartidas, distribuidas así:

Un mil cien subpartidas en la Lista-1 (no requieren permisos ministeriales) y 1.600 subpartidas en la Lista-2 (requerirán autorizaciones previas de los ministerios, en forma de un Certificado de No Producción o Insuficiencia -CNPNs-).

Los ministerios que recibirán y autorizarán estas autorizaciones previas son cuatro: MCTII -de Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias-; MINAL -de la Alimentación-; MIBAM -de Industria Básica y Minería y MENPET -de Energía y Petróleo-.

Cadivi tendrá que adaptar los listados que constituyen la base de datos de su sistema computarizado de solicitudes de AADs.-   Habrá, como siempre ocurre, momentos transitorios de confusión y conflicto hasta que la adaptación se realice, durante los cuales los usuarios deberán usar prudencia para solicitar importaciones del tipo descrito, pues Cadivi hace al usuario totalmente responsable de sus actos de solicitud y posibles errores.

Los rubros sobre los cuales pueden realizarse importaciones bajo la modalidad productiva (fast track) desde ayer son solamente aquéllos contenidos en la resolución de MinFinanzas No 2314 precitada. En cuanto a la política que aplicará el organismo para evaluar y decidir sobre las tramitaciones de AADs y ALDs en curso para estas operaciones, nada ha dicho Cadivi (lo mismo ocurre en el caso de las importaciones Ordinarias, donde un fenómeno similar está ocurriendo);  históricamente, ha sido discrecional del ente controlador de las divisas, solicitar o pasar por alto la consignación del permiso ministerial para anexar a los expedientes previamente admitidos sobre los cuales está pendiente respuesta, cuando el rubro vinculado no se encontraba sujeto a la disposición que hizo obligante el requisito después de recibida la solicitud por parte de la Comisión.


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